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Becas




Becas para la formación e investigación en el Ministerio de Educación para el 2012

Acceso al servicio online

Datos generales:

· Descripción:

El objeto de las becas es la formación e investigación en diferentes materias aplicadas a la educación, promoviendo la participación y colaboración de los adjudicatarios de las becas en las tareas formativas que le sean encomendadas en las unidades administrativas donde se realice su proceso de formación.

· Modalidades:

o Observación y diseño de cualificaciones profesionales.

o Documentación y legislación educativa.

o Investigación e innovación educativa.

o Tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación.

o Documentación, biblioteca y archivo.

o Evaluación y estadísticas educativas.

· Destinatarios:

Personas de nacionalidad española, o de algún otro estado miembro de la Unión Europea con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca, que estén en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.

· Nº de becas:

148

· Requisitos:

Los estudios exigidos se deben haber terminado en 2008 o con posterioridad.

· Dotación:

La dotación íntegra anual de cada proyecto de formación será de 12.324 euros.

· Duración:

12 meses.

· Plazo de presentación

o Desde: 05 de noviembre de 2011

o Hasta: 24 de noviembre de 2011

Plazo de presentación abierto

· ¿Cómo realizarlo?:

Mediante el acceso al servicio online de la convocatoria

· Destino:

Unidad administrativa donde realizarán la formación.

· Incompatibilidades:

El disfrute de una beca otorgada al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca, que suponga remuneración directa o ayuda financiada con fondos públicos españoles. También será incompatible con la realización de actividades productivas retribuidas que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los que tengan carácter esporádico con una duración acumulada inferior a dos meses por año y dedicación no mayor de media jornada, siempre que ello no afecte a la finalidad y requerimientos formativos de la beca, y que se trate de ocupaciones no vinculadas directa o indirectamente con la Unidad.

Convocatoria:

· Texto convocatoria:

Documento de convocatoria oficial.

· Fecha de publicación:

04 de noviembre de 2011

· Más información:

Bases de la convocactoria

Resoluciones:

· Más información:

En la sede electrónica del Ministerio de Educación, se hará pública una lista completa de las becas concedidas, así como listas de suplentes para cada uno de los tipos de becas convocadas, y se enviará una comunicación a las personas seleccionadas. La lista también podrá ser consultada telemáticamente en la Web del Ministerio.

Más información sobre este trámite o servicio:

· Teléfono:

o 91 362 51 31 – Estadística – Instituto de Evaluación

o 91 701 80 73 – Gestión Proyectos Educativos - Instituto de Evaluación

o 91 745 92 39 – Resto becas Instituto de Evaluación

o 91 774 80 42 – Área de Biblioteca y Documentación

o 91 701 81 17 – Sub. Gral. de Orientación y Formación Profesional

o 91 506 56 67 – Sub. Gral. de Aprendizaje a lo Largo de la Vida

o 91 745 94 00 – Instituto de Formación del Profesorado, Investigación e Innovación Educativa (IFIIE)

o 91 377 83 68 – Instituto de Tecnologías Educativas (ITE)

o 91 310 66 34 – Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL)

· Dirección de correo:

o IE@educacion.es

o biblioteca@educación.es

o subdireccion.fp@educacion.es

o sg.alv@educacion.es

o ifiie.becas@educacion.es

o secretaria.ite@ite.educacion.es

o informacion.incual@educación.es

ETCOTE


Escuelas Taller

Las Escuelas Taller constituyen un programa público de empleo-formación que tiene como finalidad la inserción de jóvenes menores de veinticinco años en situación de desempleo, a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional, en ocupaciones relacionadas con recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, así como la rehabilitación del entorno urbano, del medio ambiente y la mejora de las condiciones de vida de las ciudades.

Fases:

1ª. Los alumnos reciben formación profesional ocupacional. (Duración: 6 meses)

Durante la 1ª fase los alumnos tienen derecho a una beca.

2ª. Los alumnos trabajadores complementan su formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional y son contratados por las entidades promotoras en la modalidad del contrato para la formación. (Duración 18 meses)

Durante la 2ª fase los alumnos / trabajadores perciben la retribución salarial equivalente al 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido.

Requisitos

Los candidatos deben cumplir, como requisitos mínimos:

· Ser menor de 25 años

· Ser desempleados no ocupados, registrados en los servicios de empleo y disponibles para el empleo.

· Cumplir los requisitos establecidos para formalizar un contrato para la formación.


Casas de Oficios

Las Casas de Oficios son programas idénticos a los anteriores (a las Escuelas Taller) que sólo cambian en la duración. La 2ª fase en vez de ser de 18 meses es de 6 meses.

Los requisitos para acceder a ellas, son los mismos que los anteriores.

Talleres de Empleo

Los Talleres de Empleo son programas mixtos que combina acciones de formación-empleo, dirigidas a desempleados de 25 o más años, en actividades relacionadas con nuevos yacimientos de empleo de interés general y social, promovidos por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, facilitando así su posterior integración en el mercado de trabajo, tanto en el empleo por cuenta ajena como mediante la creación de proyectos empresariales o de economía social.

Objetivo

Que los trabajadores desempleados de veinticinco o más años, participen en la realización de obras o servicios de utilidad pública o interés social, con un trabajo efectivo y a la vez reciban una formación profesional ocupacional relacionada con su trabajo, que procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

Pueden hacerlos

Serán beneficiarios del programa de Talleres de Empleo los desempleados de veinticinco o más años que tengan especiales dificultades para insertarse en el mercado de trabajo.

Contratación de los trabajadores participantes

Desde el inicio del Taller de Empleo los trabajadores participantes serán contratados por la entidad promotora, utilizándose la modalidad de contrato para la formación. La duración del contrato no podrá exceder de la fecha de finalización del Taller de Empleo.

Los participantes percibirán las retribuciones que les correspondan de conformidad con la normativa vigente, habitualmente 1,5 veces el salario mínimo interprofesional anualmente establecido.

Requisitos

· Tener veinticinco años o más años

· Ser desempleados no ocupados, registrados en los servicios públicos de empleo y disponibles para el empleo

· Cumplir los requisitos establecidos para formalizar un contrato para la formación

En Extremadura ya se ha iniciado el proceso de selección ¡¡NUEVO!!

http://www.extremaduratrabaja.es/ciudadanos/formacion/cursos-sexpe/et-co-te

22 BECAS. Instituto Cervantes

Resolución de 5 de octubre de 2011, del Instituto Cervantes, por la que se convocan becas de formación y especialización, para el período 2012-2013.

La Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, por el Instituto Cervantes, en régimen de concurrencia competitiva, de 22 becas individuales de formación y especialización, así como constituir una lista de reserva, a fin de garantizar la provisión de las becas ofertadas a medida que se quedaran, en su caso, vacantes. Las becas tendrán como finalidad, entre otras, la promoción de la enseñanza, el estudio, el uso de la lengua y de la cultura española e hispanoamericana en el exterior, la adquisición de conocimientos prácticos en sistemas de información, la difusión y gestión cultural y la ampliación de la enseñanza, el uso y conocimiento del español. La relación de las becas que se convocan, es la siguiente:

– Cuatro becas para el Centro Virtual Cervantes e Informática.

– Cuatro becas para el Área Académica.

– Dos becas para el Área de Recursos Humanos.

– Tres becas para el Área de Administración.

– Cuatro becas para el Área de Cultura.

– Una beca para el Área de Planificación y Control de Gestión.

– Una beca para el Gabinete de Dirección.

– Tres becas para el Área de Patrocinio y Gestión Comercial

Duración y cuantía.

Cada una de las becas tendrá una duración de doce meses naturales, pudiendo prorrogarse, previo informe favorable del director de área donde se realiza la formación, hasta un máximo de otros doce meses.

La dotación económica de cada beca será de 1.163,09 euros brutos mensuales, que se abonarán por meses vencidos, deducidas las retenciones establecidas en la normativa vigente. La cantidad será proporcional al número de días que en el mes de inicio o finalización se haya disfrutado de cada beca.

Requisitos de los solicitantes.

Podrán concurrir a estas becas las personas físicas con plena capacidad de obrar, que, no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan los siguientes requisitos (que deberán cumplir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes):

a) Poseer titulación universitaria de segundo ciclo o grado, expedida por Universidades españolas u homologada por el Ministerio de Educación.

b) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título requerido, en los cuatro cursos académicos anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

c) No haber disfrutado anteriormente de otra beca de estas características en el Instituto Cervantes, de duración superior a 1 año.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las actividades de formación, ni enfermedad contagiosa, extremo que deberá ser certificado por facultativo médico dentro de los 10 días naturales siguientes a la adjudicación de la beca.

e) Declaración de estar al corriente en las obligaciones tributarias y/o de Seguridad Social.

f) Estar en posesión de los títulos académicos y conocimientos que para cada beca se especifican.

En el caso de que, durante el periodo de vigencia de la beca concedida, su titular dejase de cumplir alguno de los requisitos señalados, estará obligado a ponerlo en conocimiento del Instituto Cervantes en el plazo de siete días naturales desde que se produzca el hecho causante, causando baja automática en la percepción de la beca.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en la dirección de Internet: http://www.cervantes.es, de la presente Resolución.

Amplía la información en:

http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/17/pdfs/BOE-A-2011-16314.pdf

http://www.cervantes.es/sobre_instituto_cervantes/ofertas_empleo_madrid.htm