Educación destina más de 300 mil
euros para incentivar la contratación indefinida de alumnos de FP
La Conselleria de Educación, Formación y Empleo ha
resuelto conceder ayudas por un importe de 301.000 euros a 43 empresas de la
Comunitat Valenciana por haber realizado contratos indefinidos a tiempo parcial
a personas que compatibilizan su trabajo y los estudios de un ciclo de
Formación Profesional Inicial (FPI).
El conseller de Educación, Formación y Empleo ha
manifestado que se trata de incentivar la denominada formación profesional dual
"a semejanza del modelo alemán, que consiste en simultanear el empleo
vinculado a la formación que se imparte al trabajador, que redunda en una mejor
preparación".
La Generalitat subvenciona la celebración y el
mantenimiento de contratos indefinidos a tiempo parcial de mayores de 18 años
que al mismo tiempo cursen primer o segundo curso de ciclos formativos de FP de
grado medio o superior, concediéndose una subvención de 7.000 euros por cada
nuevo contrato realizado.
También se subvenciona por un importe de otros 7.000
euros el mantenimiento de dicho contrato con la persona que se matricule por
primera vez en el segundo curso del ciclo formativo correspondiente cuando ya
ha sido objeto de subvención en la convocatoria del ejercicio presupuestario
anterior la celebración del contrato que se mantiene.
Con ello, cada empresa beneficiaria podrá obtener una
cantidad máxima por cada contrato celebrado y mantenido con una determinada
persona de 14.000 euros en cómputo global con cargo a dos convocatorias
diferentes, a razón de 7.000 euros por cada contratación celebrada o mantenida
por convocatoria.
Uno de los requisitos para la concesión de las ayudas
es que las empresas estén radicadas en la Comunitat Valenciana y que la
prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat.
El contrato de trabajo será indefinido y con una
jornada que represente la mitad de la completa prevista en el convenio
colectivo o pacto de empresa aplicable. En todo caso, esta jornada laboral no
podrá ser superior a 20 horas en cómputo semanal.
Mientras se simultanee la relación laboral con el
aprendizaje teórico-práctico en el centro educativo, la empresa deberá asignar
un instructor/a que proporcione el apoyo necesario al estudiante que al mismo
tiempo es trabajador/a.
Por otro lado, el centro educativo designará una
persona responsable que coordine las acciones docentes con su aplicación
efectiva a través del contrato de trabajo, en cooperación con el instructor
designado por la empresa, y se garantizará que el empleo tenga una relación
directa con las enseñanzas teórico-prácticas. Esta persona responsable
realizará una evaluación trimestral de resultados, que pondrá en conocimiento
de la entidad colaboradora.
El módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) podrá
cursarse en la propia empresa, debiendo quedar perfectamente delimitadas las
horas dedicadas a la realización de dicho módulo respecto de la actividad
remunerada. Asimismo, la realización del módulo de FCT en la propia empresa
tendrá carácter preferente frente a otras empresas si así lo acordare la
empresa y el trabajador.
